Tauromaquia: el juicio de los hechos

PUNTO ARGUMENTAL

Ayer, un pequeño grupo antitaurino salió a manifestarse. Es su derecho. En democracia todas las posturas deben poder expresarse. Lo que también debería exigirse es algo más simple: que los argumentos resistan una revisión con datos y no solo emociones.

Uno de los señalamientos más repetidos contra la tauromaquia es que “normaliza la violencia” o incluso que las sociedades taurinas son más violentas. Es una afirmación fuerte. Y las afirmaciones fuertes necesitan pruebas fuertes.

Hasta ahora, esas pruebas no aparecen.

La primera pregunta es sencilla: ¿existen estudios serios que demuestren que los territorios donde hay tauromaquia son más violentos? La respuesta es no. No hay evidencia sólida que pruebe que vivir en una región taurina aumente homicidios, delincuencia o violencia interpersonal.

En México, por ejemplo, estados con larga tradición taurina como Hidalgo, Tlaxcala, Querétaro o Aguascalientes no encabezan históricamente las tasas de homicidio. Mientras tanto, entidades con niveles extremos de violencia como Colima, Baja California o algunas zonas fronterizas explican sus cifras por disputas entre grupos delictivos, economías ilegales o debilidad institucional. Investigaciones recientes siguen señalando el reclutamiento por organizaciones fuera de la ley y la expansión de estructuras delictivas como motores reales de la violencia en México.

La violencia mexicana tiene causas conocidas. Impunidad. Reclutamiento de jóvenes por grupos fuera de la legalidad. Corrupción. Falta de instituciones fuertes. No plazas de toros.

Vale otra pregunta incómoda para quienes sostienen esa teoría:

¿Cuáles son algunos de los países más violentos del mundo?

Las listas internacionales incluyen con frecuencia a Haití, Sudáfrica, Honduras, Venezuela o Afganistán. También aparecen zonas marcadas por guerra o conflicto armado.

¿Hay tauromaquia en Haití? No.
¿Hay tradición taurina en Sudáfrica? No.
¿Afganistán? No.
¿Los conflictos armados en distintas regiones del mundo tienen alguna relación con corridas de toros? Evidentemente no.

México aparece entre países con altos niveles de violencia, pero organismos y estudios apuntan otra vez hacia conflictos entre grupos ilegales y fenómenos de inseguridad arraigados desde hace décadas.

En América Latina, región que concentra una proporción desmedida de homicidios mundiales, el problema señalado por organismos internacionales vuelve a ser el mismo: redes delictivas, economías ilícitas y debilidad institucional.

Entonces surge una conclusión incómoda para ciertos activismos: si la tauromaquia fuera un detonante claro de violencia social, los países y regiones taurinas deberían encabezar sistemáticamente los rankings de homicidios. No sucede.

España conserva tradición taurina y al mismo tiempo registra tasas de homicidio entre las más bajas de Europa.

Ese dato, por sí solo, no prueba que la tauromaquia reduzca violencia. Pero sí desmonta una acusación frecuente: que la explique.

Y aquí conviene hacer una diferencia importante. Se puede estar contra la tauromaquia por otras “razones” personales. Es una postura legítima. Lo que resulta más difícil es sostener, con evidencia dura, que la fiesta brava genera sociedades violentas.

Porque una cosa es debatir sobre valores.

Y otra convertir una sospecha en hecho.

Los datos sirven precisamente para eso: separar convicciones de realidades.

Las corridas de toros llevan siglos existiendo en países donde hoy las tasas de violencia son bajas, moderadas o altas. La variable común detrás de la violencia moderna aparece en otro lado: economías ilegales, desigualdad, impunidad y ausencia efectiva del Estado.

Cuando un argumento necesita ignorar estadísticas para sostenerse, deja de ser evidencia y empieza a parecer prejuicio.

Y ningún debate serio debería construirse sobre prejuicios, aunque lleguen acompañados de pancartas antitaurinas….. amenazantes.

Óptica Jurídica

Desde una óptica jurídica también vale otra pregunta: ¿la existencia de la tauromaquia encuadra automáticamente en la prohibición constitucional del maltrato animal?

El tema está lejos de ser una respuesta simple.

La crianza del toro bravo ocurre durante años en grandes extensiones, bajo esquemas de conservación genética y manejo pecuario especializado que difícilmente tienen comparación con sistemas intensivos de producción animal.

Además, el toro de lidia es una especie seleccionada precisamente por su capacidad de embestir y defenderse, algo distinto a otros animales destinados al consumo humano.

Eso no cancela el debate, pero sí obliga a reconocer una diferencia objetiva en su crianza, comportamiento y propósito zootécnico.

La propia regulación mexicana distingue entre bienestar animal, aprovechamiento pecuario, sanidad y conservación, materias que históricamente han coexistido en distintos marcos legales.

Más aún, el derecho constitucional suele operar mediante ponderación entre bienes protegidos: protección animal, libertad cultural, actividades económicas lícitas, patrimonio inmaterial (en Hidalgo la tauromaquia lo es) y competencias regulatorias locales.

La reciente incorporación de la protección animal al texto constitucional abre nuevas obligaciones para el Estado, pero eso no significa automáticamente la invalidez de toda práctica vinculada con animales; esa interpretación depende de leyes secundarias y criterios jurisdiccionales futuros.

En términos estrictamente legales, sostener que el artículo 4 constitucional por sí solo vuelve inconstitucional la tauromaquia es una conclusión que todavía exige desarrollo normativo y judicial.

El debate existe, sí; lo que aún no existe es una respuesta definitiva e irrebatible en el derecho mexicano.