- A través del nuevo Bando de Policía y Gobierno, el ayuntamiento oficializó que todo aquel que pise su suelo —sea por voluntad o por accidente— tiene una etiqueta legal. Desde el “tulantepecano” de cepa hasta el transeúnte despistado, la nueva ley local no deja a nadie sin identidad ni obligaciones.
En un despliegue de precisión semántica que pone fin a cualquier crisis de identidad regional, el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo publicó las nuevas reglas para los habitantes de Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero. Lo más relevante de esta actualización normativa no es el orden público, sino el “bautismo” legal: a partir de ahora, de manera oficial, usted es tulantepecano o tulantepecana.
El Artículo 18 del nuevo bando no deja espacio a la improvisación. Si usted nació ahí, es originario; si lleva seis meses pagando renta y puede comprobarlo, es vecino; si solo va de paso por el famoso reloj o por trabajo, es transeúnte; y si su motivación es de otra índole, es migrante. El decreto parece advertir que, en Santiago, nadie es un desconocido, solo un ciudadano con una categoría pendiente de clasificar.
Irónicamente, el bando se asegura de que la “vecindad” sea un compromiso difícil de romper. El carácter de vecino no se pierde por irse a estudiar fuera o por cumplir una comisión especial, pero sí por “renuncia expresa”, como si abandonar el gentilicio requiriera un trámite tan solemne como el que lo otorgó. Además, para los extranjeros con ganas de arraigo, la autoridad municipal se pone estricta: deberán acreditar su legal estancia si aspiran a ser considerados parte del padrón tulantepecano.
Esta armonización reglamentaria, firmada por la administración de Yanet Fernández Fernández, abroga disposiciones que databan de 2019, buscando una convivencia social “armónica” que empieza, precisamente, por saber cómo llamarse los unos a los otros.
| Categoría de Habitante | Condición Legal según el Bando 2026 |
| Gentilicio Oficial | Tulantepecano / Tulantepecana |
| Originario | Nacido en territorio municipal |
| Vecino | Residencia mayor a 6 meses con domicilio comprobado |
| Transeúnte | Presencia transitoria (turismo, laboral o cultural) |
| Migrante | Persona en tránsito desde otro Estado o residencia |
| Extranjero | Requiere acreditar legal estancia para radicación |
Con esta publicación, Santiago Tulantepec no solo actualiza sus multas y sanciones, sino que blinda su identidad. Así que, la próxima vez que visite el municipio, recuerde que para la ley no es un extraño, es un transeúnte con potencial de vecino y un gentilicio esperándolo en el Periódico Oficial.